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Novedades normativas
La Fundación Fydu ha creado un foro de urbanismo, con el objetivo de organizar una comunidad de interesados en el intercambio del conocimiento del urbanismo en España, tanto desde la perspectiva técnica, como jurídica.
La web del foro de urbanismo es www.forourbanismo.com
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Uno de los aspectos a tener en cuenta en la nueva Ley de Suelo es su Disposición Transitoria Tercera, que establece que a la entrada en vigor de esta Ley, estén clasificados como urbanizables se valorarán conforme a las reglas establecidas en la Ley 6/1998, e 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, siempre y cuando en el momento a que debe entenderse referida la valoración no hayan vencido los plazos para la ejecución del planeamiento o, si han vencido, sea por causa imputable a la Administración o a terceros. En caso de no existir previsión expresa sobre plazos de ejecución en el planeamiento ni en la legislación de ordenación territorial y urbanística, se aplicará el de tres años contados desde la entrada en vigor de esta Ley.
Esta Disposición Transitoria conlleva que el suelo urbanizable que cumpla los requisitos establecidos en la misma, no se valorará conforme a los nuevos criterios de valoración hasta el 30 de julio de 2010.
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El Consejo de Ministros del pasado 8 de noviembre de 2008 aprobó medidas destinadas a movilizar suelo público para la construcción de vivienda protegida. La primera ha sido la constitución de la Comisión Interministerial de Trabajo sobre el Suelo y la segunda, la autorización para la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y a la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES) para la enajenación de suelos que estaban adscritos al Ministerio de Defensa.
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La Fundación Fydu ha convocado el primer Premio Nacional de Urbanismo en homenaje a relevante figura del Derecho Urbanístico en España, Ricardo Santos Diez, y cuyo jurado será presidido por Luciano Parejo Alfonso. Dicho Premio contará además con la colaboración de la Escuela de Negocios de la Universidad San Pablo CEU. Acceda a la información del Premio.
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El pleno del Ayuntamiento de Marbella del pasado 23 de octubre acordó la aprobación provisional del documento de revisión del plan general de Marbella, así como someter dicho documento a un nuevo periodo de exposición pública, tras las modificaciones introducidas en el texto de la aprobado inicial. En dicho pleno municipal, la alcaldesa de Marbella destacó como una de las novedades más importantes del nuevo de documento que serán los promotores y no los propietarios los que tengan que hacer frente a las cargas urbanísticas derivadas de la “normalización de viviendas” del plan general de Marbella.
Además, la alcaldesa apuntó otras novedades del documento que saldrá a exposición pública en lo que concierne a equipamientos y dotaciones. Angeles Muñoz también destacó que el 70 por ciento de las alegaciones presentadas han sido tenidas en cuenta en el documento que se someterá a nueva información pública.
Acceda a la publicación de la aprobación provisional del plan general de Marbella en el Boletín Oficial de la Provincia de 29 de octubre de 2008.
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El pasado 25 de julio de 2008, el pleno del Ayuntamiento de Marbella aprobó un acuerdo para el aseguramiento de la ejecución de la revision del plan general en tramitación. El objetivo de dicho acuerdo es que se concedan licencias de primera ocupación y licencias de apertura en precario, el inicio de expedientes de disciplina urbanística para la recuparación de espacios públicos, conforme a los criterios del documento de la revisión del plan general en tramitación.
Acceda el acuerdo del pleno del Ayuntamiento
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La Ministra de Vivienda ha explicado que teniendo en cuenta que la transformación de los solares dura de dos a cuatro años, éste es el momento adecuado para que el sector público incremente su participación en la urbanización de suelo para evitar una escasez de solares disponibles para vivienda protegida en los próximos años. La oferta pública de compra de suelo se pondrá en marcha en octubre de 2008 a través de una primera convocatoria cuyo presupuesto será de 300 millones de euros y se calcula que estos suelos permitirán la construcción de entre 15.000 y 20.000 viviendas protegidas.
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El pasado 20 de junio de 2008, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo, y se ha publicado en el BOE de 26 de junio de 2008. El Texto Refundido de la Ley del Suelo refunde la Ley de Suelo de 2007 y los artículos del Texto Refundido de la Ley de Suelo de 1992 no declarados inconstitucionales por la Sentencia de 20 de marzo de 2007 del Tribunal Constitucional.
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El TRLS 08 es una refundición de las disposiciones vigentes del TRLS 92 y de la Ley de Suelo de 2007, en virtud de la delegación legislativa de la Disposición Final Segunda de dicha Ley. Por dicha razón, en principio, no caben destacar novedades importantes, salvo las derivadas de la propia refundición y armonización de ambos textos legislativos.
Sin embargo, si que podríamos hacer referencia al antiguo artículo 242.6 del TRLS 92, que recoge el TRLS 08 en su artículo 8.1 y vuelve a establecer que “En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística.”
El mantenimiento de este precepto, para quienes sostienen que conlleva que no se produce el silencio administrativo en las licencias de obras cuyos proyectos no se ajusten el planeamiento, posiblemente les haga reafirmarse en su postura. Sin embargo, para los que sostenemos el criterio contrario, es decir, que se trata de un supuesto de nulidad de pleno derecho y que por tanto la licencia es susceptible de revisión de oficio, el artículo 8.1 del TRLS 08 en modo alguno supone ningún tipo de cambio.
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Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado
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La concejala de urbanismo del Ayuntamiento de Marbella ha informado recientemente que el Ayuntamiento pretende aprobar provisionalmente este verano el nuevo plan general, para su remisión a la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta de Andalucía para su aprobación definitiva. Así mismo, ha informado que se han contestado ya más de 600 alegaciones y se pretende igualmente contestar al resto de las 8537 alegaciones presentadas antes de la aprobación provisional. En definitiva, la aprobación provisional municipal podría tene lugar a mediados de septiembre y la aprobación definitiva autonómica para enero o febrero de 2009.