El Plan General de Marbella y la ejecución de sentencias de nulidad de licencias urbanísticas

hace 0 minutos en Artículos

Copia Alejandro-Criado-finalUna de las cuestiones más importantes a tener en cuenta tras la aprobación del nuevo Plan General de Marbella es la ejecución de las sentencias existentes y futuras que declaren la nulidad de licencias urbanísticas de edificios que se incluyen dentro de su nuevo modelo de ciudad.

El artículo 103.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que “Serán nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento.” Sin embargo, un primer aspecto a tener en cuenta es que la memoria de ordenación del nuevo Plan General de Marella justifica que su intención no es eludir el cumplimiento de sentencias debido a las compensaciones establecidas para la normalización de viviendas y a su inclusión en el nuevo modelo de ciudad.

Un segundo aspecto igualmente importante es que la declaración de nulidad puede instarse por alguna de las partes personadas en los correspondientes procedimientos judiciales y en la gran mayoría de ellos, la única parte que podría instarlo es la entidad demandante, la Junta de Andalucía, administración que a su vez será la que apruebe definitivamente el Plan General de Marbella.

—————————————–
Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado

Etiquetas: , , ,

La Fe Pública del Registro de la Propiedad y los actos de naturaleza urbanística

hace 0 minutos en Artículos

Copia Alejandro-Criado-finalEl Real Decreto 1093/1997 regula la inscripción en el Registro de la Propiedad de los actos de naturaleza urbanística. Entre dichos actos, no sólo se encuentra el proyecto de reparcelación, sino también el aprovechamieno urbanístico, las anotaciones preventivas en procedimientos de disciplina urbanística o las anotaciones preventivas en procesos contenciosos administrativos.

Que duda cabe que sin perjuicio de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo entiende irrelevante la existencia de terceros adquirientes a efectos del derribo de un inmueble cuya licencia ha sido declarada nula de pleno derecho, la mejor forma de proteger a los terceros ante dicha situación es a traves de la anotación preventiva en el registro de la propiedad.

—————————————–
Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado

Etiquetas: , , ,

El acuerdo del Parlamento Europeo de marzo de 2009 es tremendamente injusto con España

hace 0 minutos en Artículos

Copia Alejandro-Criado-finalEl parlamento Europeo aprobó el pasado 26 de marzo una de las resoluciones mas graves y a la vez más injustas en contra de España, basada en el informe de la diputada de los verdes Margrete Auken y que además amenaza con la congelación de los fondos estructurales de nuestro país.

En dicho informe se critica la lentitud de la justicia así como la falta de claridad, precisión y seguridad jurídica en la legislación vigente en España en lo que se refiere al derecho de propiedad, a la vez que hace una dura critica al urbanismo en España y al posible incumplimiento de la normativa comunitaria en materia de medio ambiente. Sin embargo, después de casi una década desde las primeras denuncias de los ciudadanos de la Unión Europea residentes en la Comunidad Valenciana y que son el origen de este acuerdo, la única normativa que se ha podido acreditar que incumple el urbanismo español es la de contratación, en concreto de las obras de urbanización.

Respecto al Derecho de Propiedad, lo que parace que no se ha expuesto en el Parlamento Europeo o no se ha reflejado en el acuerdo aprobado, es que la legislación urbanística española es posiblemente la más proteccionista con el Derecho de Propiedad de Europa, dado que en el urbanismo del resto de paises de la Unión Europea, por regla general, los desarrollos urbanísticos se llevan a cabo por grandes empresas promotoras, públicas o privadas, que expropian a los particulares a valor rústico. Además, el origen de las denuncias presentadas por ciudadanos de la Unión Europea ante el Parlamento Europeo y residentes en la Comunidad Valenciana, ha sido por el hecho de que han visto como las zonas rurales y con unas infraestructudas absolutamente deficientes en las que compraron sus viviendas se han visto incluidas en desarrollos urbanísticos debido al lógico crecimiento de las ciudades, lo que les ha obligado, no sólo a perder la tranquilidad del entorno rural en que compraron, sino fudamentalmente a pagar cuotas de urbanización para convertir sus terrenos rústicos en solares.

Por ello, en realidad, el objeto fundamental de la resolución aprobada no es ni denunciar la corrupción en España ni menos aún su incumplimiento de la normativa comunitaria en materia de medio ambiente. El objeto fundamental de dicha resolución ha sido la defensa del derecho de propiedad de los ciudadanos denunciantes. Baste para ello ver como en el caso de la planificación en Marbella se protegen dos aspectos totalmente contradictorios como es la defensa del medio ambiente y el derecho de propiedad:”Los diputados manifiestan su preocupación sobre la situación de la planificación urbana en el municipio de Marbella, donde se han construido ilegalmente decenas de miles de viviendas que infringen probablemente la legislación comunitaria en materia de protección del medio ambiente, participación pública, política del agua y contratación pública, y que están a punto de ser legalizadas gracias a un nuevo plan general urbano, que no brinda seguridad jurídica ni garantías a los compradores, los propietarios y los ciudadanos en general”.

También puede hacerse referencia la defensa del derecho de propiedad de ciudadanos que compraron viviendas que han sido demolidas como consecuencia de la aplicación de la Ley de Costas de 1988, Ley cuyo objetivo es la protección del medio ambiente de las costas españolas.

—————————————–
Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado

Etiquetas: , , ,

Las actuaciones de dotación de la Ley de Suelo

hace 0 minutos en Artículos

Copia Alejandro-Criado-finalEl Texto Refundido de la Ley de Suelo define en su artículo 14, las actuaciones de dotación como una modalidad de las actuaciones de transformación urbanística que tienen por objeto incrementar las dotaciones públicas de un ámbito de suelo urbanizado para reajustar su proporción con la mayor edificabilidad o densidad o con los nuevos usos asignados en la ordenación urbanística a una o más parcelas del ámbito y no requieran la reforma o renovación integral de la urbanización de éste.

Dichas actuaciones se llevarán a cabo en suelos con la categoría de suelo urbano no consolidado, así como en suelo urbano consolidado cuando el nuevo plan atribuya un incremento de aprovechamiento que no sea “considerable” o bien que no requiera un correlativo incremento o mejora de los servicios urbanísticos.

Los deberes del propietario de suelo serán los de entrega de suelo dotacional o su equivalente en dinero, los de entrega de cesión de aprovechamiento respecto al aumento de edificabilidad y se cumplirán en el momento del otorgamiento de la licencia.

—————————————–
Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado

Etiquetas: , , ,

Se presenta la cuarta edición del curso de urbanismo del Ayuntamiento de Marbella y la Fundación Fydu

hace 0 minutos en Formación urbanismo

presentacion cursoEl pasado 2 de junio tuvo lugar en el salón de comisiones del Excmo. Ayuntamiento de Marbella la presentación de la cuarta ediciión del curso de urbanismo que organiza el Ayuntamiento con la Fundación FYDU y contó con la asistencia del presidente de la Fundación Fydu, don Alejandro Javier Criado Sánchez y el portavoz del Gobierno municipal, don Felix Romero.

El curso de urbanismo dará comienzo en octubre de 2008, en el Palacio de Congresos de Marbella. Toda la información en

www.cursourbanismo.com.

Etiquetas: , , , ,

El TRLS 08 y el silencio administrativo en las licencias urbanísticas

hace 0 minutos en Novedades normativas

Copia Alejandro-Criado-finalEl TRLS 08 es una refundición de las disposiciones vigentes del TRLS 92 y de la Ley de Suelo de 2007, en virtud de la delegación legislativa de la Disposición Final Segunda de dicha Ley. Por dicha razón, en principio, no caben destacar novedades importantes, salvo las derivadas de la propia refundición y armonización de ambos textos legislativos.

Sin embargo, si que podríamos hacer referencia al antiguo artículo 242.6 del TRLS 92, que recoge el TRLS 08 en su artículo 8.1 y vuelve a establecer que “En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística.”

El mantenimiento de este precepto, para quienes sostienen que conlleva que no se produce el silencio administrativo en las licencias de obras cuyos proyectos no se ajusten el planeamiento, posiblemente les haga reafirmarse en su postura. Sin embargo, para los que sostenemos el criterio contrario, es decir, que se trata de un supuesto de nulidad de pleno derecho y que por tanto la licencia es susceptible de revisión de oficio, el artículo 8.1 del TRLS 08 en modo alguno supone ningún tipo de cambio.

—————————————–
Alejandro J. Criado Sánchez
Abogado

Etiquetas: , ,

La Fundación Fydu organiza el 28 y 29 de enero un seminario en Pamplona sobre el nuevo régimen de valoraciones

hace 0 minutos en Formación urbanismo

fyduLa Fundación FYDU organiza para los próximos 28 y 29 de enero un seminario sobre el nuevo régimen de valoraciones en el hotel Abba Reino de Navarra, según manifestó en reciente rueda de prensa pel presidente de Fydu, Alejandro Criado. Dicho seminario contará con ponentes de prestigio a nivel nacional como D. Federico García Erviti, D. Angela de la Cruz o D. Juan Cruz Alli Aranguren.


Etiquetas: , , ,

Se inaugura el curso de urbanismo del Exmo. Ayuntamiento de Marbella organizado por la Fundación Fydu

hace 0 minutos en Novedades normativas

Inauguración curso con concejal y directora general urbanismoEl pasado miércoles 3 de octubre, tuvo lugar el acto de inauguración del curso de urbanismo y edificación que organiza la Fundación Fydu, que contó con la presencia la Directora General de Urbanismo de la Junta de Andalucía, doña María Felicidad Montero Pleite, el Concejal de Formación y Turismo del Exmo. Ayuntamiento de Marbella, don Jose Luis Hernández y el presidente de la Fundación Fydu y director del curso, don Alejandro Javier Criado Sánchez.

La Directora General de Urbanismo hizo mención durante su intervención a la aprobación inicial en pocos meses del plan especial de Holanducía y el plan especial de Gudaiza, en desarrollo del plan de ordenación del territorio de la Costa del Sol Occidental.

Etiquetas: , , , , ,

Se presenta el seminario sobre la nueva Ley del suelo y la segunda edición del curso de urbanismo

hace 0 minutos en Formación urbanismo

eeEl pasado 4 de junio, el señor presidente de la Comisión Gestora del Ayuntamiento de Marbella, don Diego Martín Reyes, y el presidente de la Fundación Fydu, don Alejandro Criado Sánchez, presentaron ante los medios de comunicación el seminario sobre la nueva Ley del suelo que han organizado,  que tendrá lugar los próximos días 20 y 21 de junio en el Palacio de Congresos de Marbella y que contará con ponentes de enorme prestigio a nivel nacional, como son don Ricardo Santos Diez, don Enrique Porto Rey, doña Angela de la Cruz Mera y don Federico García Ertivi.

Así mismo, también se presentó la segunda edición del curso de urbanismo que tendrá lugar de octubre de 2007 hasta abril de 2008 y cuyo plazo de preinscripción termina el próximo 16 de julio.

Toda la información del curso se y sel seminario se puede consultar en la web http://www.fydu.com/

Etiquetas: , , , , ,

La Fundación Fydu organiza una jornada sobre el problema de las demoliciones para el próximo lunes 19 de febrero

hace 0 minutos en Formación urbanismo

rueda de prensaEl presidente de la Fundación Fydu dio el pasado 9 de febrero una rueda de prensa anunciando una jornada sobre la ejecución de sentencias que declaran la nulidad de licencias urbanísticas ante una eventual demolición.

Dicha jornada, que tendrá lugar el próximo lunes 19 de febrero a partir de las cinco de la tarde en el Palacio de Congresos de Marbella, contará como ponentes con el Magistrado de lo contencioso, don Silvestre Martínez García, el catedrático de Derecho Civil don Jose Manuel Ruiz-Rico y el presidente de la Fundación Alejandro Criado Sánchez. Para más información, www.cursourbanismo.com.

Etiquetas: , , ,